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domingo, octubre 6, 2024
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Poder Ejecutivo deposita en el Senado proyecto de ley que modifica la Ley núm. 1-24, que crea la DNI

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Santo Domingo., RD- El presidente Luis Abinader, por intermedio del consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, depositó este jueves ante el Senado de la República el proyecto de ley que modifica la Ley núm. 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) del 15 de enero de 2024, luego de que los integrantes de la mesa de trabajo conformada por representantes del Gobierno y sectores de la sociedad civil organizada llegaran a un consenso respecto de las modificaciones.

El objeto de la iniciativa legislativa ahora propuesta es modificar las disposiciones contenidas en los artículos 1, 2, 9, 10, 11, 26 y 32 de la Ley núm. 1-24, con el propósito de lograr la mayor claridad y especificidad posible en cuanto a la sujeción constitucional de cada una de estas disposiciones de la citada ley.

Cabe resaltar, dentro de los aspectos más relevantes que este proyecto busca modificar, la propuesta de fusión de los artículos 1 y 2 de la Ley núm. 1-24 para definir en el nuevo artículo 2 términos clave como inteligencia, inteligencia estratégica, militar y delictiva, fuentes abiertas y fuentes cerradas, entre otros. Además, se pretende modificar el numeral 16 del artículo 9 para asegurar la coordinación entre la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) en la protección de la privacidad de los usuarios.

También se propone una adecuación al artículo 11 de la Ley núm. 1-24, con el fin de reforzar las garantías relativas a la obtención del contenido de información de fuentes cerradas. En este sentido, la modificación legal busca exigir la autorización de un juez para todo procedimiento que limite derechos constitucionales.

El presente proyecto de ley recoge las principales inquietudes que existían en torno a la Ley núm. 1-24, con la finalidad de que la regulación del sistema de inteligencia nacional esté lo más apegada posible a las disposiciones constitucionales.

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